DERECHO PENAL · VIOLENCIA DE GÉNERO
Cuando la declaración de la víctima no fue suficiente para condenar
Este procedimiento, completamente anonimizado, muestra cómo la declaración de la víctima puede constituir prueba suficiente para fundamentar una condena penal, pero no siempre resulta bastante para destruir la presunción de inocencia.
El procedimiento
Mi cliente se enfrentaba a una acusación por un delito de violencia de género derivado de una supuesta agresión ocurrida en el interior de un domicilio.
El Ministerio Fiscal interesaba la imposición de una pena de un año de prisión, además de diversas penas accesorias de alejamiento y prohibición de comunicación.
La acusación particular se adhirió íntegramente a dicha petición.
Existían además lesiones objetivadas médicamente y una testigo que había alertado a los servicios policiales tras escuchar gritos procedentes del inmueble.
Sin embargo, el verdadero debate del procedimiento no consistía en determinar si existió una discusión ni si la denunciante presentaba lesiones.
La cuestión jurídica era otra muy distinta:
determinar si la declaración de la víctima resultaba suficiente para destruir la presunción de inocencia de mi cliente.
Ficha del Procedimiento
Materia
Derecho Penal
Área
Violencia de género
Principio jurídico
Presunción de inocencia
Resolución
Sentencia absolutoria
Elemento decisivo
Insuficiencia de corroboración
¿Qué hacía especialmente complejo este procedimiento?
La jurisprudencia admite desde hace años que la declaración de la víctima puede constituir, por sí sola, prueba suficiente para fundamentar una condena penal.
Precisamente por ello, este tipo de procedimientos exigen un análisis especialmente riguroso de la credibilidad, coherencia y persistencia del relato ofrecido.
En el presente asunto existían además elementos periféricos que inicialmente podían resultar compatibles con la versión acusatoria:
- lesiones objetivadas médicamente;
- una llamada a los servicios policiales realizada por una tercera persona;
- un evidente estado de nerviosismo de la denunciante;
- y una acusación sostenida tanto por el Ministerio Fiscal como por la acusación particular.
Sin embargo, la existencia de esos elementos no elimina la necesidad de que la prueba de cargo alcance el estándar exigido por el proceso penal.
Y precisamente ahí residía toda la complejidad del procedimiento.
Las cuestiones jurídicas del procedimiento
⚖️ Violencia de género
🗣️ Declaración de la víctima
🛡️ Presunción de inocencia
📑 Prueba de cargo
La estrategia procesal
La estrategia no consistió únicamente en preparar el juicio.
Comenzó mucho antes.
Como abogado de mi cliente, la estrategia procesal se centró en analizar la verdadera consistencia del relato acusatorio y en determinar si concurrían los requisitos exigidos por la jurisprudencia para atribuir valor probatorio suficiente a la declaración de la víctima.
Resultó especialmente relevante poner de manifiesto:
- las contradicciones existentes en las distintas versiones ofrecidas sobre la forma de producirse las lesiones;
- las limitaciones del testimonio de la única testigo ajena a las partes, que no presenció agresión alguna;
- el carácter indirecto del conocimiento de los agentes policiales;
- y la existencia de una grabación objetiva aportada por la defensa que permitía contextualizar parte de los hechos investigados.
La estrategia no consistió en demostrar cómo ocurrieron exactamente los hechos.
Consistió en acreditar que la prueba practicada no permitía alcanzar el grado de certeza exigido para fundamentar una condena penal.
Un detalle que cambió el procedimiento
La grabación objetiva entró en contradicción con parte del contenido reflejado en el atestado y con el recuerdo manifestado posteriormente por las agentes.
Mientras ellas afirmaban que el vehículo tenía el motor encendido, la grabación reproducida en el juicio evidenciaba precisamente lo contrario.
El propio Juzgado señala que esa prueba dejaba en evidencia ese recuerdo.
Qué razonó el Juzgado
La sentencia recordó que la presunción de inocencia únicamente puede destruirse mediante prueba de cargo suficiente y obtenida con pleno respeto a las garantías procesales.
Tras analizar la prueba practicada, el Juzgado concluyó que la declaración de la denunciante no presentaba la consistencia necesaria para fundamentar una condena.
La resolución destacó la existencia de contradicciones relevantes respecto a la forma de producirse la supuesta agresión y respecto a las circunstancias en las que aparecieron las lesiones.
Asimismo, la única testigo ajena a las partes no presenció agresión alguna y únicamente pudo declarar acerca de gritos y ruidos escuchados desde el exterior del inmueble.
Los agentes policiales tampoco habían presenciado directamente los hechos, limitándose a recoger las manifestaciones realizadas por las personas implicadas.
Por último, la grabación aportada por la defensa resultaba difícilmente compatible con parte del relato incriminatorio sostenido durante el procedimiento.
En consecuencia, el Juzgado concluyó que no existía prueba suficiente para destruir la presunción de inocencia y acordó la absolución de mi cliente.
La resolución fue posteriormente confirmada íntegramente por la Audiencia Provincial.
Qué puede aprenderse de este procedimiento
La declaración de la víctima puede constituir prueba suficiente para fundamentar una condena penal.
Sin embargo, ello no significa que toda declaración incriminatoria determine automáticamente un pronunciamiento condenatorio.
Como cualquier otro medio de prueba, debe ser analizada atendiendo a su coherencia, persistencia y compatibilidad con el resto de los elementos probatorios existentes.
Cuando existen contradicciones relevantes o elementos objetivos difícilmente conciliables con el relato acusatorio, la presunción de inocencia debe prevalecer.
La idea clave
La declaración de la víctima puede constituir prueba suficiente para fundamentar una condena penal, pero cuando concurren contradicciones relevantes o elementos objetivos incompatibles con el relato acusatorio, puede no resultar suficiente para destruir la presunción de inocencia del acusado.
¿Te encuentras en una situación similar?
Cada procedimiento penal presenta circunstancias diferentes y requiere una estrategia adaptada al caso concreto.
Si necesitas asesoramiento sobre un procedimiento penal, puedes ponerte en contacto conmigo para realizar una primera valoración de tu situación.